jueves, 30 de junio de 2011

CARTA FRATERNAL " CONCEPTOS SOBRE EL TERMINAO REGULARIDAD

LIBERTAD IGUALDAD Y FRATERNIDAD

Enlace Programado por el Reg.-. Cap.-. Llog.-. Lucero del Amanecer Esmeralda Colombia Sur America

Gabriel Alberto Restrepo Sotelo es LINTERNA ROJA EN GOOGLE.-.


CARTA FRATERNAL:

"Conceptos sobre el termino "Regularidad"


Jorge A. Gadea 33º
Past Gran Maestro
Gran Logia Regular de los AA:. LL:. y AA:.
Masones de la Republica del Perú (*)


"La Regularidad del individuo es dada por su iniciación"
"La Regularidad de la Logia es dada por la Carta de Patente expedida por una Gran Logia"
"La Regularidad de las Grandes Logias es dada por el reconocimiento de otras Grandes Logias
"


Querido Hermano:

La Francmasonería como Institución rectora de la moral y del progreso del Genero Humano, mantiene una invitación constante a sus adeptos hacia el estudio y la meditación, a fin de que a través de una cabal interpretación de sus postulados y leyes marchemos por los senderos tradicionales de la Orden hacia la realización del ideal Masónico: LA CONFRATERN1DAD UNIVERSAL.

La I:. M:. C:. de Grandes Logias, reunidas en Detroit, Michigan, Estados Unidos de Norte América durante el mes de octubre de 1967 así lo comprendió y las Grandes Potencias allí reunidas al emitir su declaración de principios o "Carta de Detroit" enfatizaron que "La Francmasonería Universal, como Institución Ecuménica, debe interpretarse y practicarse del modo mas acorde a su propia y especifica razón de ser".

Al reconocer la Confederación Masónica Internacional de Grandes Logias que la Francmasonería Universal, que cuenta con los Antiguos Linderos como Fundamento y las Normas de Reconocimiento como Instrumento, en la actualidad va, por gravitación espiritual, hacia la realización del ideal Masónico: LA CONFRATERNIDAD ESPIRI­TUAL, remarco a renglón seguido, como observación sincera de elevado positivismo enunciando que "obstaculizar o detener esa marcha con actitudes exclusivistas, nacionales o supra nacionales es desvirtuar el propósito de la Orden".

Tomaremos como base de la presente carta fraternal tales conceptos, que de por si son un llamado a la reflexión y os pro-pongo que analicemos uno de los términos que a través de los años han causado mayores fricciones, constituyéndose en tema de polémica y en motive de resquebrajamiento en la relación entre Hermanos, entre Logias y también principalmente entre las Grandes Potencias Masónicas, me refiero a la definición y aplicación del termino "Regularidad".

Las Grandes Potencias Masónicas del Universo coinciden al definir .sus Principios en que la Francmasonería tiene por objeto el desarrollo de la solidaridad humana, el mejoramiento espiritual, intelectual y moral de sus miembros y la formación de una con-ciencia universal de fraternidad entre los hombres. Persigue el conocimiento de la Verdad; sostiene la Justicia como única norma que regula la conducta de los hom­bres y proclama la Libertad y la Igualdad, como derechos substanciales del ser humano; coinciden igualmente en que la condición de Masón no se pierda jamás, basándose para ello en que la Iniciación es un proceso interior del individuo, el cual, asistido por sus Hermanos y con la Gracia del Gran Arquitecto del Universo, "ha visto la Verdadera Luz".

Por consiguiente, son masones regulares los que han visto la Luz Iniciática dentro de las condiciones señaladas por los Antiguos Linderos, vale decir:

a)    En una Logia presidida por un Vene­rable Maestro y dos Vigilantes.
b)    En una Logia que trabaje a cubierto en un Templo debidamente consagrado.
c)     Que cree en la existencia de un Ser Su­premo, fuerza reguladora como el Arquitecto del Universo.
d)    Que en su Iniciación, al obligarse en Francmasonería, ha prestado sus promesas en el Ara o Altar de los Juramentos ante las tres Grandes Luces de la Francmasonería; a saber: el Volumen de la Ley, la Escuadra y el Compás.
e)    Que un quórum de siete o más Her­manos lo han asistido y acompañado en su solemne Iniciación.

Los masones regulares son Activos, cuando concurren a su Logia en forma asidua y se mantienen a plomo con el Tesorero.

Los masones regulares son inactivos cuando dejan de asistir o cotizar por razones justificables y obtienen para ello licencia de su Taller.

Los masones regulares son suspenses, cuando así fueren declarados por la Gran Maestría para su sometimiento a juicio o por sentencia ejecutoriada por los Tribunales de Justicia Masónica competentes.

Los masones regulares son retirados o en sueños cuando han solicitado y obtenido su Quite o Cese.

Por consiguiente, han de considerarse "Irregulares" solamente a aquellos que hubieren obtenido los secretes de la Iniciación prescindiendo de cualquiera de las condiciones enumeradas en los inicios a), b) c), d), y e) antes mencionados o que por sus actos reñidos con la ley, la moral y la fraternidad han sido "irradiados" de la Orden por sentencia ejecutoria de los Tribunales de Justicia Masónica competentes, habiendo previamente ejercido sus derechos básicos de legitima defensa.

La Regularidad de las Logias es dada por la Carta de Patente expedida por una Gran Logia y la Regularidad de las Grandes Logias por el reconocimiento que le brinden otras Grandes Potencias Masónicas.

Para formar una Logia Regular, siete o mas Maestros Masones habrán de solicitar a una Gran Logia la expedición de su Carta de Patente, sometiéndose" tácitamente a la Constitución, Estatutos, Acuerdos, Decretos y Resoluciones de la Gran Logia a la cual solicitan federarse.

Por consiguiente, en salvaguarda de las genuinas fuentes del Derecho Masónico las Logias y Grandes Logias así constituidas merecen el reconocimiento, el respeto y el apoyo de todos los Masones, Logias y Grandes Logias del Universo.

El contraste que tiende a desaparecer por anacrónico, ilegal, anti fraternal retrograde es el de las Grandes Logias que se tildan de poseedoras del "monopolio de la fraternidad" arguyendo como tesis el concepto que nos dará tema para nuestra próxima Carta Fraternal, en la cual demostraremos la total invalidez de tal concepto, pues las Grandes Logias ejercen "Jurisdicción Funcional" sobre las Logias de su obediencia, siendo la "Jurisdicción Territorial" atributo irrenunciable y no compartible del Estado que nos cobija.

Debemos de concretar la expresión de nuestras convicciones sobre el concepto de "Regularidad" diciendo que la mala interpretación de este termino ha producido las separaciones y abismos que hoy lastiman e invalidan el ideal de la Confraternidad Universal tanto a nivel masónico nacional como en muchas otras latitudes, siendo lo común hoy en día la existencia en muchos países de dos o mas Grandes Logias, que con muy raras y honrosas excepciones, viven tildándose las unas a las otras de "irregulares", "invasores de territorio", "bastardas", "espurias", etc.

Para vencer esta lacra de anti fraternidad que lastima las mismas bases y postulados de la Orden, lacras que tienen diversos orígenes, ya sea por sistemáticas discriminaciones por razones de carácter étnico, filosófico, de infiltración política profana, ambiciones personales, de quebranto de sus propias leyes, de lenguaje, de ritos, etc. habrá que dar un primer paso hacia el entendimiento que nos lleve a corto o largo plazo hacia la unidad de pensamiento y con ello a la unidad de acción y por ende se habrá logrado el ideal Unificador; mientras tanto a mi entender ese primer paso propio de los Hombres Libres, de los amplios de criterio, de los puros de corazón, ha de ser el mutuo reconocimiento de los derechos que asisten a las partes discordes y dentro de ese ambiente de respeto nacerá el dialogo y el dialogo franco y sincere, a no dudarlo, nos llevara a la meta que se supone todos anhelamos. Quiera el Gran Arquitecto del Universo e iluminar a sus Obreros para alcanzar, tan preciada meta: LA UNIFICACIÓN.

Así sea.




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